¿Qué información es ilegal que te soliciten en una entrevista de trabajo?

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No cabe duda de que, a lo largo de tu trayectoria profesional, una de las situaciones en las que te verás expuesto a una mayor presión y sentimiento de encontrarte bajo una estrecha evaluación, en cuanto a tu cualificación y capacidades, será durante el desarrollo de una entrevista de trabajo.

En este sentido, si bien es cierto que en dicho proceso será conveniente que respondas adecuadamente, y de forma educada, a todas las preguntas y cuestiones que te requiera la persona que realiza el proceso de selección, debes saber que no estarás en la obligación de responder a todas aquellas cuestiones que pretenda realizarte, y muy especialmente a las que estén relacionadas con tu vida privada.

Dada la extraordinaria importancia de este aspecto para la protección de tu derecho a la intimidad y a la defensa de tus valores fundamentales desde un punto de vista legal, hoy hemos decidido contar con la colaboración de Consejero Legal, entidad referente en la prestación de servicios de asesoramiento legal y administrativo a nivel personal y familiar, para que nos aclare qué tipo de preguntas no deben realizarse en una entrevista de trabajo y, por tanto, será preferible que no respondas en el caso de que sean formuladas, reclamando firmemente, aunque siempre con la cortesía necesaria y a ser posible con una sonrisa por delante, tu derecho a no hacerlo.

Conoce y ejerce tus derechos laborales con el asesoramiento de Consejero Legal

Si a lo largo de tu carrera profesional te ves abocado a participar en un proceso de selección por el que tengas que acudir a entrevistas personales, desde Consejero Legal consideran esencial recordarte que no podrán realizarte preguntas relacionadas con los aspectos que mostramos a continuación, ya que forman parte inequívoca de tu vida privada y, por tanto, no podrán formar parte, en modo alguno, de la evaluación final en dicho proceso:

  • Preguntas relacionadas con aspectos personales como tu edad, ya que es irrelevante para medir el nivel de desempeño previsible o productividad que desarrollarás en tu puesto de trabajo.
  • Preguntas relacionadas con tu estado civil, con el número de hijos o con las expectativas de tenerlos a corto y medio plazo, ya que descartar a una persona teniendo en cuenta estos aspectos constituiría un caso flagrante de discriminación, que además atenta contra tu derecho a la intimidad de tu vida privada.
  • Preguntas relacionadas con tu nacionalidad, orientación sexual, filiación política o creencias religiosas, dado que se consideraría un caso aún más grave de discriminación que el reflejado en el punto anterior, al tratarse de una vulneración de tus derechos fundamentales y que, además, implica tratar temas especialmente sensibles en relación a la protección de tu información personal.
  • Preguntas dirigidas a conocer tu predisposición o reparo a trabajar en ambientes de trabajo especialmente masculinizados o feminizados, ya que, como en el caso anterior, se estará partiendo de estereotipos para incurrir en una situación discriminatoria por razón de género.
  • Para finalizar, desde Consejero Legal quieren recordarte que tampoco está permitido realizar preguntas relacionadas con tu condición física, salvo que el puesto lo requiera de forma ineludible, tu estado de salud, tus hábitos de vida o tus antecedentes penales, tal y como se recoge expresamente en el Estatuto de los Trabajadores.